Después de la destrucción de hábitats, la introducción de especies exóticas invasoras es la segunda causa de pérdida de biodiversidad en España. Estas especies son introducidas de manera voluntaria con distintos fines: para su explotación, como plantas ornamentales o como animales de compañía, y también de manera involuntaria con el transporte de mercancías.
Estas especies encuentran en los ecosistemas en los que son introducidas un espacio en el que desarrollarse carente de competencia y mecanismos de defensa frente a su desarrollo, tal es su capacidad de modificación que pueden llegar a desplazar a especies autóctonas hasta el punto de provocar su extinción.
El pasado día 11 de noviembre se dio un paso más para el control de estas especies, aprobándose el Real Decreto por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras. Este Real Decreto indica los criterios a seguir para incluir una especie en el listado, las medidas preventivas, las correctoras y los casos en los que es conveniente la erradicación.
Nota: El real decreto que se encuentra actualmente en vigor es Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
La introducción de algunas de estas especies conlleva además un gasto económico empleado para su eliminación. Este es el caso del mejillón cebra, que a pesar de los esfuerzos realizados para su eliminación, aún sigue causando problemas en las conducciones hidráulicas en las que se establece y desarrolla.Sin embargo, el mayor precio es pagado en los casos en los que la especie introducida provoca la desaparición de otra, ya que la pérdida es irremplazable.